La Sala Tercera del Tribunal Supremo acaba de establecer que las reclamaciones a Google para ejercer el llamado «Derecho al Olvido» tendrán que dirigirse directamente a la empresa matriz, Google Inc. con sede en California (USA), ya que considera que Google Spain no es es responsable del tratamiento de los datos que gestiona a través de los motores de búsqueda en Internet.
Este fallo no modifica los criterios establecidos por el Tribunal de la UE en el año 2.014 para solicitar la retirada de determinados enlaces sino que aclara que el destinatario es Google Inc. y no Google Spain, dado que para el Tribunal Supremo ésta no es responsable del tratamiento de datos personales.
Google Inc. tiene a disposición de los usuarios formularios para reclamar el borrado de datos, pero en el caso de la compañía denegara las peticiones de los usuarios o estos no estuvieran conformes con su decisión (siempre bien dirigida), podrán seguir solicitando la tutela de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD).